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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240315
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 303

AMPARO. TERMINO PARA PROMOVERLO. INCLUYE LAS VEINTICUATRO HORAS DEL ULTIMO DIA HABIL.

[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 303

Precedentes

Contradicción de tesis 4/83. Ministro J. Ramón Palacios Vargas. 4 de mayo de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: Alma Leal Treviño de Caballero. Nota: La presente ejecutoria constituye jurisprudencia con un solo fallo, de acuerdo con el artículo 107, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Registro digital (IUS): 240315