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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240346
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 71

CONCEPTOS DE VIOLACION. AMPARO IMPROCEDENTE SI EN LA DEMANDA NO SE INDICAN LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LAS GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS NI SE PRECISAN CONCRETAMENTE CUALES SON ESTAS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 9286/82. C.D. Inmuebles, S.A. y coagraviados. 3 de agosto de 1983. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Julio Humberto Hernández Fonseca. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO IMPROCEDENTE. LO ES SI EN LA DEMANDA NO SE INDICAN LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LAS GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS NI SE PRECISAN CONCRETAMENTE CUALES SON ESTAS.".
Registro digital (IUS): 240346