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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 98
ENDOSO DE PERSONAS MORALES. REQUISITOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 98
El endoso, cuando lo hace una persona moral, debe contener la denominación o razón social de la misma y la expresión de carácter que en su representación ostenta la persona física que lo firma; de tal manera que aunque la firma en sí sea ilegible, pueda ser identificable.
Precedentes
Amparo directo 9291/82. Cafés Solubles de Monterrey, S.A. 20 de julio de 1983. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Clementina Ramírez Moguel G.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXXXV, página 80. Amparo directo 271/63. Helvetia, S.A. 27 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "ENDOSO. SUS REQUISITOS CUANDO LO HACE UNA PERSONA MORAL.".