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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240362
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 107

JURISPRUDENCIA Y PRECEDENTES DE LA SUPREMA CORTE. NO SOLO ES POSIBLE SINO CONVENIENTE QUE SE ACUDA A ELLOS PARA FUNDAR LAS SENTENCIAS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo 8560/82. Guillermo Marines Aguado. 5 de agosto de 1983. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Octava Parte, tesis 102, página 188, bajo el rubro "EJECUTORIAS DE LA CORTE, APLICADAS POR LOS JUECES DE DISTRITO.".
Registro digital (IUS): 240362