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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240363
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 109

LEYES SUPLETORIAS EN MATERIA MERCANTIL.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Cuarta Parte; Pág. 109

Precedentes

Amparo directo 7335/82. Hildebrando Argeo Ruiz y María de los Angeles Reséndez de Ruiz. 20 de octubre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Víctor Hugo Díaz Arellano. Nota: Reitera jurisprudencia No. 229, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, página 720.
Registro digital (IUS): 240363