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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240413
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 35

CONTRATOS, DETERMINACION DE LA NATURALEZA DE LOS, POR EL TRIBUNAL DE ALZADA. NO HACE INCONGRUENTE SU FALLO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 6123/82. José Salvador Florio Mazzu. 14 de febrero de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jorge Olivera Toro. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Leonardo Rodríguez Bastar. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO, DETERMINACION DE LA NATURALEZA DEL, POR EL TRIBUNAL DE ALZADA. NO HACE INCONGRUENTE SU FALLO.".
Registro digital (IUS): 240413