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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1983, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, COMPETENCIA TRATÁNDOSE DE (ABANDONO DE HOGAR).".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240420
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 81

DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE, CUANDO AMBOS CONYUGES SE DICEN ABANDONADOS Y NO EXISTE YA EL DOMICILIO CONYUGAL (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE TAMAULIPAS Y VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 81

Precedentes

Competencia civil 232/82. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Jalapa, Estado de Veracruz y de Primera Instancia del Ramo Civil de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas. 3 de marzo de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Raúl Ponce Farías. Nota: En el Informe de 1983, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, COMPETENCIA TRATÁNDOSE DE (ABANDONO DE HOGAR).".
Registro digital (IUS): 240420