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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 166
RESPONSABILIDAD CIVIL EXIGIBLE CONTRA TERCEROS, JUEZ COMPETENTE PARA CONOCER DE LA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 166
Aun cuando de la responsabilidad civil exigible contra terceros debiera conocer un Juez penal, no es forzoso que así sea, ni es el único que puede conocer de ella; también puede hacerlo un Juez civil.
Precedentes
Amparo directo 5721/80. Wings, S.A. y Jesús García Moreno. 19 de enero de 1983. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gloria León Orantes y Jorge Olivera Toro. Ponente: Raúl Lozano Ramírez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLI, página 136. Amparo directo 7648/59. Agustín Ladrón de Guevara. 10 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.