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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 171
SIMULACION, PRUEBA DE LA, MEDIANTE PRESUNCIONES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Cuarta Parte; Pág. 171
La simulación de un acto jurídico, conforme a la definición del tratadista Francisco Ferrara en su obra "La Simulación de los Negocios Jurídicos", consiste en la declaración de un contenido de voluntad no real, emitida conscientemente y de acuerdo entre las partes, para producir la apariencia de un acto que no existe o es distinto de aquél que realmente se llevó a cabo. Por ello, ante la falta de elementos de convicción precisos, o sea de prueba directa, por regla general la simulación es refractaria a este tipo de prueba, de manera que, para su demostración tiene capital importancia la prueba de presunciones.
Precedentes
Amparo directo 5192/82. Felícitas Corona. 14 de abril de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 151-156, página 286. Amparo directo 6421/80. Francisco López Rodelo. 2 de julio de 1981. Cinco votos. Ponente: Gloria León Orantes.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LV, página 56. Amparo directo 5954/59/2a. Ignacio Hernández de Cortés y coagraviado. 10 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 350, página 1052, bajo el rubro "SIMULACION, PRUEBA DE LA, MEDIANTE PRESUNCIONES.".
Nota: En el Volumen LV, página 56 y en el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "SIMULACION.".