Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240470
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 9
ACCION EN JUICIO MERCANTIL, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 9
Es principio de derecho, aplicable tanto a los juicios civiles como a los mercantiles, que para la procedencia de las acciones se requiere: a) que se determine con claridad y precisión la prestación que se exige del demandado; y b) el título o causa de la acción (causa petendi), aun cuando no se exprese el nombre de la acción intentada o éste se señale erróneamente y no se indiquen los preceptos legales aplicables al caso concreto, ya que a las partes corresponde alegar y probar los hechos y al Juez aplicar el derecho.
Precedentes
Amparo directo 7337/81. César Jiménez Sedano. 20 de agosto de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Julio Humberto Hernández Fonseca.