Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240482
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240482
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 29

COMPRAVENTA, RESCISION DEL CONTRATO DE. LA CLAUSULA RELATIVA SE TIENE POR PUESTA AUNQUE NO SE EXPRESE Y SU RENUNCIA DEBE SER EXPRESA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 5074/81. José Abelardo García Guevara y otra. 7 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez.
Registro digital (IUS): 240482