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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240487
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 39

CUANTIA, COMPETENCIA DE LA TERCERA SALA EN ASUNTOS DE ARRENDAMIENTO POR RAZON DE LA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 39

Precedentes

Reclamación en el amparo directo 265/82. Javier Noble Alvarez. 8 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Luis Alonso Rodríguez Nieto. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 91-96, página 11. Amparo directo 5921/75. Autolavado Supersónico, S.A. 4 de octubre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Téllez Cruces. Volumen 53, página 13. Amparo directo 3591/72. Eugenio García Meza. 3 de mayo de 1973. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Volumen 37, página 16. Amparo directo 2784/71. Raúl H. González Medina. 5 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Nota: En el Volumen 37, página 16, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, COMPETENCIA POR RAZON DE CUANTIA TRATANDOSE DE JUICIOS DE TERMINACION DE CONTRATO DE.". En el Volumen 53, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. COMPETENCIA POR CUANTIA.". En los Volúmenes 91-96, página 11, la tesis aparece bajo el rubro "CUANTIA, ARRENDAMIENTO COMO DEBE DETERMINARSE CUANDO SE RECLAMAN RENTAS VENCIDAS.".
Registro digital (IUS): 240487