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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240504
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 76

MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR UNO ANTERIOR AUNQUE HAYA SIDO DECLARADO NULO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 76

Precedentes

Amparo directo 3960/80. Francisco Hernández Chávez. 15 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretaria: Clara Eugenia González Avila Urbano. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 235, página 742, bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR UNO ANTERIOR.". Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR UNO ANTERIOR, QUE DESPUES FUE DECLARADO NULO.".
Registro digital (IUS): 240504