Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240505
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240505
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 76

MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR UNO ANTERIOR. NO CONTROVIERTE NI AFECTA DERECHOS DE LOS HIJOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 76

Precedentes

Amparo directo 8049/81. José M. Villarreal Ceceña. 21 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL. NO SE CONTROVIERTEN NI SE AFECTAN DERECHOS DE LOS HIJOS.".
Registro digital (IUS): 240505