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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 107
PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA. VALOR DE LA PRUEBA PRESUNCIONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 107
El artículo 456 fracción IV del Código Civil para el Estado de Hidalgo establece que la investigación de la paternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio está permitida cuando el hijo tenga a su favor un principio de prueba contra el pretendido padre, conclusión a la que se llega a través de la prueba presuntiva integrada por dos reglas fundamentales: primero, que se encuentren probados los hechos de los cuales se derivan las presunciones; y segundo, que exista un enlace natural más o menos necesario entre la verdad conocida y la que se busca. Esto es así porque la paternidad es un hecho que no puede comprobarse objetivamente como la maternidad mediante el parto y la identidad del hijo, razón por la cual es factible presumirse, entre otros datos, a través de determinar si coincide la fecha de las relaciones sexuales con la fecha probable de la concepción.
Precedentes
Amparo directo 2353/81. María del Carmen Pérez Lozano. 5 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Teodoro Camacho Pelayo.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 91-96, página 65. Amparo directo 5776/75. Juan Andrew Palazuelos Lugo. 5 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Notas:
En los Volúmenes 91-96, página 65, la tesis aparece bajo el rubro "INVESTIGACION DE LA PATERNIDAD, PRUEBA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE SINALOA).".
En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "PATERNIDAD, VALOR DE LA PRUEBA PRESUNCIONAL EN LA ACCION DE INVESTIGACION DE LA.".