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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240519
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 113

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL. NECESIDAD DE LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS DIRECTAMENTE INTERESADAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 113

Precedentes

Amparo directo 4794/81. Docitelo Rodríguez Cortéz. 7 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 145-150, Cuarta Parte, página 543, tesis de rubro "REGISTRO CIVIL. RECTIFICACION DE ACTAS DEL. NECESIDAD DE LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS DIRECTAMENTE INTERESADAS.".
Registro digital (IUS): 240519