Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240529
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240529
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 189

VIAS GENERALES DE COMUNICACION. COMPETENCIA EN MATERIA CIVIL.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Cuarta Parte; Pág. 189

Precedentes

Competencia civil 13/80. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia de Córdoba, Veracruz y Segundo de Distrito en el Distrito Federal en Materia Civil. 9 de septiembre de 1981. Cinco votos. Ponente: Gloria León Orantes. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 163-168, página 120. Competencia 97/81. Suscitada entre los Jueces Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal y Tercero de Distrito del Distrito Federal en Materia civil. 8 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Volúmenes 145-150, página 501. Competencia 32/80. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal y Juez Séptimo de lo Civil en el Distrito Federal. 2 de abril de 1981. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Volúmenes 145-150, página 500. Competencia civil 47/80. Suscitada entre los Jueces Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tenango del Valle. Estado de México y Primero de Distrito en el Estado de México, 6 de marzo de 1981. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Volúmenes 139-144, página 139. Competencia 63/79. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de México y Tercero de lo Civil de la ciudad de Toluca de la misma entidad federativa. 10 de septiembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Volúmenes 139-144, página 139. Competencia 9/80. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Durango y el Segundo del Ramo Civil de la Ciudad de Durango, de dicha entidad federativa. 8 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LVII, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis de rubro "VIAS GENERALES DE COMUNICACION. COMPETENCIA EN MATERIA CIVIL.".
Registro digital (IUS): 240529