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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 27
COMPETENCIA, CONFLICTO DE. PUEDE DECIDIRSE EN FAVOR DE UNA AUTORIDAD NO CONTENDIENTE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 27
Si del análisis de las constancias que se remiten a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para decidir un conflicto de competencia, se encuentra que la autoridad facultada por la ley para conocer del negocio que originó la contienda competencial lo es una distinta a las que la disputan, debe la propia Corte declararlo así en la resolución que al efecto emita y remitirle los autos a aquella autoridad para que se avoque al conocimiento del asunto, toda vez que la competencia de los órganos jurisdiccionales es una cuestión de orden público por ser un presupuesto procesal, por lo que las normas que la rigen deben observarse por este Alto Tribunal en todos los casos que sobre la misma se presenten para su decisión, independientemente de que se invoque o no por las autoridades entre las que surgió el conflicto.
Precedentes
Competencia civil 84/80. Suscitada entre la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco y el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en esa entidad federativa. 12 de febrero de 1982. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumenes 145-150, página 71. Competencia civil 23/80. Suscitada entre los Jueces Décimo Quinto de lo familiar del Distrito Federal y el Cuarto de lo Civil en Ciudad Juárez, Chihuahua. 19 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes.
Volumenes 139-144, página 24. Competencia 46/79. Suscitada entre los Jueces Décimo de lo Civil del Distrito Federal y de Primer Instancia del Partido Judicial de Salvatierra Guanajuato. 1o. de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Leonel Castillo González.
Volumenes 133-138, página 37. Competencia 45/78. Suscitada entre los Jueces Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal y de Primera Instancia del Ramo Civil de Ciudad Madero, Tamaulipas. 13 de febrero de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Abitia Arzapalo.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen XCIX, página 11, bajo de rubro "COMPETENCIA A UN TERCERO, EN MATERIA DE TRABAJO.".
Volúmenes XXV y XCVI, páginas 39 y 9, respectivamente, bajo de rubro "COMPETENCIA A UN TERCERO.".