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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240541
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 30

COMPRAVENTA. NO PUEDE SER CONSTREÑIDA LA VENDEDORA A FIRMAR UN ACTO DIFERENTE DEL QUE ESTA OBLIGADA A FORMALIZAR.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo directo 140/81. Josefina Quevedo viuda de Villarreal. 3 de mayo de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Gilda Rincón Orta. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA. LA VENDEDORA NO PUEDE SER CONSTREÑIDA A FIRMAR UN ACTO DIFERENTE DEL QUE ESTABA OBLIGADA A FORMALIZAR.".
Registro digital (IUS): 240541