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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240575
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 149

PRUEBA, CARGA DE LA. LAS LEYES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO RELATIVO, SON DE ORDEN PUBLICO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 149

Precedentes

Amparo directo 891/80. Alo, S.A. 7 de junio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 78, página 39. Amparo directo 2871/74. Celia Espinoza de García. 13 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Reynaldo Tejeda Cerda. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA, CARGA DE LA, LAS LEYES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO RELATIVO, SON DEL ORIGEN PUBLICO (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 240575