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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 164
REGISTRO PUBLICO, PREFERENCIA DE LAS INSCRIPCIONES HECHAS EN EL. NO FAVORECE AL ACREEDOR QUIROGRAFARIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Cuarta Parte; Pág. 164
Aun cuando el artículo 2936 del Código Civil de Veracruz señala que los documentos que conforme a la ley deben registrarse y no se registran, sólo producirán efectos entre quienes los otorguen, pero no podrán producir efectos en perjuicio de terceros, ello debe entenderse en el sentido de que la preferencia que la ley establece respecto de las inscripciones en el Registro Público se refieren únicamente a acreedores que tengan derecho de la misma naturaleza, y como el embargo no constituye un derecho real en favor de la ejecutante, es claro que el simple acreedor quirografario no puede oponerse a quien invoca el dominio adquirido de manera indubitable con anterioridad al secuestro.
Precedentes
Amparo directo 2569/81. Octavio Miranda Torres. Unanimidad de cuatro votos. 22 de abril de 1982. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXII, página 356. Amparo directo 3955/58. Andrés Becerril. 20 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen XV, página 263. Amparo directo 3649/56. Carlos Lagunas Govantes. 29 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen IX, página 102. Amparo directo 2852/57. Francisco Cepeda Cruz. 10 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 317 y sus relacionadas, página 963 y siguientes.
Nota:
En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REGISTRO PUBLICO, LA REFERENCIA DE LAS INSCRIPCIONES HECHAS EN EL, NO FAVORECE AL ACREEDOR QUIROGRAFARIO.".
En el Volumen XXII, página 356, la tesis aparece bajo el rubro "REGISTRO PUBLICO, LA PREFERENCIA DE LAS INSCRIPCIONES HECHAS EN EL, NO FAVORECE AL ACREEDOR QUIROGRAFARIO.".
En el Volumen XV, página 263, la tesis aparece bajo el rubro "REGISTRO. EFECTOS DEL.".
En el Volumen IX, página 102, la tesis aparece bajo el rubro "REGISTRO PUBLICO, EFECTO DE LAS INSCRIPCIONES EN EL. TERCERIAS.".