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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 23
AGRAVIOS EN LA APELACION A LOS. NO CONSTITUYEN MATERIA DEL RECURSO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 23
No existe violación al principio de igualdad procesal si, con fundamento en los artículos 435 y 444 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, se conceden al apelante y a la demandada, respectivamente, términos diferentes para continuar, el primero, el recurso y la segunda para contestar los agravios, dado que dicha contestación no trasciende al resultado del fallo, toda vez que la materia de la apelación la constituye el examen de los agravios formulados por el recurrente, conforme lo señala el artículo 423 del ordenamiento citado.
Precedentes
Amparo directo 82/80. Carmen García Rojas. 23 de noviembre de 1981. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 80, página 14. Amparo directo 3698/74. Benigno Martínez Archundia. 11 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Volumen 22, página 13. Amparo directo 5934/69. Petróleos Mexicanos. 22 de octubre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXV, página 11. Amparo directo 2409/66. José Farjat. 13 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota:
En el Volumen 22, página 13 y Volumen CXXV, página 11, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIOS, EL TRIBUNAL DE APELACION NO ESTA OBLIGADO A ANALIZAR EL ESCRITO DE CONTESTACION A LOS.".
En el Volumen 80, página 14, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION, AGRAVIOS EN LA. TRIBUNAL DE ALZADA NO ESTA OBLIGADO A ANALIZAR EL ESCRITO DE CONTESTACION.".