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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 176
DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO, FALTA DE RATIFICACION DEL.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 176
La no ratificación de la firma y contenido del escrito de desistimiento de una demanda de amparo no es obstáculo para declarar su improcedencia y decretar el sobreseimiento en el juicio de garantías, si el quejoso no comparece a ratificar el escrito respectivo dentro de los tres días siguientes al en que surtió sus efectos la notificación de la providencia que así lo mande, en términos de lo previsto por los artículos 24, fracción III, de la Ley de Amparo y 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 2o. de la invocada Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal. De tal manera que el silencio del ocursante incuestionablemente hace presumir la autenticidad del escrito relativo al desistimiento, sobre todo por el hecho de que, si se coteja la firma que está puesta al calce del escrito de desistimiento y la que aparece en la demanda de amparo, a simple vista se advierta una evidente semejanza entre ambas. Por tanto, resulta procedente decretar el sobreseimiento, con apoyo en los artículos 73, fracción XI, y 74, fracción I, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo 137/81. María del Carmen Romo de Ibáñez. 8 de octubre de 1981. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez.
Quinta Epoca:
Tomo LXI, página 5194. Desistimiento 7042/35. Ramiro E. Contreras. 29 de septiembre de 1939. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, página 748, tesis de rubro "DESISTIMIENTO.".
Nota: En el Tomo LXI, página 5194, la tesis aparece bajo el rubro "DESISTIMIENTO, FALTA DE RATIFICACION DEL.".