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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240631
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 208

MATRIMONIO, NULIDAD DE, POR EXISTIR UNO ANTERIOR. OBJETO DE SU DECLARACION, CUANDO HA FALLECIDO LA SEGUNDA ESPOSA DEL BIGAMO (LEGISLACION DEL ESTADO DE QUERETARO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Cuarta Parte; Pág. 208

Precedentes

Amparo directo 7328/80. Luis Miguel Fernández Villa. 31 de julio de 1981. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gloria León Orantes. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: José Guillermo Iriarte y Gómez. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE MATRIMONIO. OBJETO DE SU DECLARACION CUANDO UNO DE LOS CONYUGES HA FALLECIDO (QUERETARO).".
Registro digital (IUS): 240631