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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Cuarta Parte; Pág. 11
ACCIONES SUBSIDIARIAS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Cuarta Parte; Pág. 11
Cuando una acción es subsidiaria de otra, resulta improcedente al no proceder la acción de la cual depende.
Precedentes
Amparo directo 1393/79. Juan Abusaid Ríos. 5 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro.
Quinta Epoca:
Tomo XXXII, página 1812. Amparo civil directo 3318/30. Acosta Emilio N. 10 de agosto de 1931. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.