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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240770
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Cuarta Parte; Pág. 543
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL. NECESIDAD DE LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS DIRECTAMENTE INTERESADAS.
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Cuarta Parte; Pág. 543
En los casos en que se ejercita la acción de rectificación de un acta del Registro Civil, con apoyo en la fracción II del artículo 132 del Código Civil para el Distrito Federal (o de los Códigos de los Estados que contienen la misma disposición), que concede legitimación activa a aquellas personas que se encuentran relacionadas con el estado civil de aquél a quien se refiere el atestado de cuya rectificación se trata, no basta con acreditar que se está en la hipótesis a que alude dicha norma jurídica para que se pueda dictar sentencia válida, sino que aparte de justificar la necesidad de la rectificación, también es necesario llamar a juicio a la persona directamente interesada, con el fin de darle oportunidad de contradecir los hechos de la demanda y, con ello, evitar que quede en estado de indefensión.
Precedentes
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 97-102, página 231. Amparo directo 39/74. Joseph Tanios Bechara Hage Pérez. 14 de febrero de 1977. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Volúmenes 103-108, página 170. Amparo directo 613/77. María del Refugio López de la Torre. 28 de noviembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Volúmenes 145-150, página 457. Amparo directo 5935/78. José Nepomuceno Malpica. 27 de marzo de 1981. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez.
Volúmenes 145-150, página 457. Amparo directo 1700/80. María Teresa Argelia Montes Ortiz. 22 de abril de 1981. Cinco votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo.
Volúmenes 145-150, página 457. Amparo directo 6335/80. Víctor Manuel de la Torre Martínez y otro. 8 de junio de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.