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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240794
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 73

LEYES, INCONSTITUCIONALIDAD DE. CASO EN QUE HABIENDO JURISPRUDENCIA DEL PLENO CARECE DE COMPETENCIA LA SALA PARA CONOCER.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 4921/79. Raymond Earl Rappaport Hernan. 31 de julio de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretaria: Clara Eugenia González Avila Urbano. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES, INCONSTITUCIONALIDAD DE. CASO EN QUE CARECE DE COMPETENCIA LA SALA PARA CONOCER.".
Registro digital (IUS): 240794