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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240800
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 94

OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA, PAGO DE LAS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 94

Precedentes

Amparo directo 3743/78. José María Gallardo Inzunza y otra. 25 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 133-138, página 163. Amparo directo 450/79. Seguros Monterrey Serfín, S.A. 15 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Volúmenes 109-114, página 121. Amparo directo 2450/77. "Mas de Reynosa", S.A. 26 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Gabriel Santos Ayala. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Séptima Parte, página 195, tesis de rubro "OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA, PAGO DE LAS.". Nota: En los Volúmenes 133-138, página 163, la tesis aparece bajo el rubro "OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. APLICACION DEL ARTICULO 9o. TRANSITORIO EN RELACION CON EL OCTAVO DE LA LEY MONETARIA.".
Registro digital (IUS): 240800