Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240807
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240807
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 129

SENTENCIA INCONGRUENTE. SOLO PUEDE ALEGARSE POR LA PARTE A QUIEN PERJUDICA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Cuarta Parte; Pág. 129

Precedentes

Amparo directo 6214/79. Petra Vázquez de Cisneros. 25 de septiembre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Regula Pola Jesús.
Registro digital (IUS): 240807