Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240820
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240820
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 28

ACTAS DE NACIMIENTO, RECTIFICACION DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 3397/79. Antonio Rodríguez Martínez y Aurora Obando Camberos. 7 de febrero de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: J. Guillermo Iriarte y Gómez. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "ACTAS DE NACIMIENTO (LEGISLACION DE JALISCO).".
Registro digital (IUS): 240820