Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240835
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240835
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 98

FUNCIONARIOS. FUERO CONSTITUCIONAL. ESTE NO SE PROLONGA DESPUES DE HABERSE SEPARADO DEL CARGO (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 98

Precedentes

Amparo directo 1836/78. Gobierno del Estado de Sonora. 27 de junio de 1980. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Ponente: Ramón Palacios Vargas.
Registro digital (IUS): 240835