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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240841
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 151

MATRIMONIO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN FACULTADOS PARA EJERCERLA. ACCION (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 151

Precedentes

Amparo directo 4052/79. Carlos Rocha Gayoso. 13 de febrero de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: Sergio Luna Obregón. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 31, página 63. Amparo directo 4393/69. Lorenza Gutiérrez Torres, sucesión. 23 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Secretario: Salvador Tejeda Cerda. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXIII, página 62. Amparo directo 5435/65. Alfonso Arenas Báez. 21 de septiembre de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Secretario: Rafael García Valle. Volumen CXXII, página 71. Amparo directo 6334/65. Bonifacia Pérez y coagraviados. 2 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Secretario: Luis Barajas de la Cruz. Nota: En el Volumen 31, página 63, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, QUIENES ESTAN FACULTADOS PARA EJERCER LA ACCION DE NULIDAD DE (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE VERACRUZ).". En el Volumen CXXIII, página 62, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).". En el Volumen CXXII, página 71, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA.". En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, QUIENES ESTAN FACULTADOS PARA EJERCER LA ACCION DE NULIDAD DE.".
Registro digital (IUS): 240841