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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240842
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 161

NULIDAD DE PROCEDIMIENTO O DE ACTUACION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 161

Precedentes

Amparo directo 3673/79. Mario Concepción Arteaga Basilio y otro. 12 de mayo de 1980. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Pablo Ibarra Fernández. Quinta Epoca: Tomo LXXIV, página 2887. Amparo civil directo 501/42. Pérez Ezequiel. 30 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXXV, página 695. Amparo civil en revisión. 3927/26. Isabel Antonio. 30 de mayo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo LXXIV, página 2887, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO.". En el Tomo XXXV, página 695, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES.". En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD.".
Registro digital (IUS): 240842