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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240852
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 215

SENTENCIAS, CITA NO HECHA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. EFECTOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Cuarta Parte; Pág. 215

Precedentes

Amparo directo 5813/79. Marco Antonio Rojas Alcántara. 25 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 97-102, página 237. Amparo directo 6005/75. Margarita Carrillo Izaguirre. 18 de abril de 1977. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Volúmenes 97-102, página 237. Amparo directo 550/74. María Eustacia de los Angeles Garrido de Cruz. 21 de enero de 1977. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Volumen 38, página 61. Amparo directo 4306/70. Vladimiro Von Berner Serbolov. 10 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Volumen 25, página 23. Amparo directo 1890/70. Altagracia Camacho viuda de Cabrera, como representante legal de los menores Raymundo Noguez Cabrera y otros. 22 de enero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Nota: En los Volúmenes 97-102, 38 y 25, páginas 237, 61 y 23, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS, FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. EFECTOS.".
Registro digital (IUS): 240852