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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240864
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Cuarta Parte; Pág. 29

ALIMENTOS. MONTO DE LA PENSION EN PORCENTAJE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Cuarta Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 6262/78. Arcadio Gutiérrez Burgos. 19 de octubre de 1979. Cinco votos. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 82, página 15. Amparo directo 5974/74. Elpidio Bretón Guevara. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Volumen 33, página 15. Amparo directo 5016/70. Pablo Morales Peña. 8 de septiembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen 27, página 38. Amparo directo 5915/69. José Luciano Romero Durán. 29 de marzo de 1971. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen 4, página 21. Amparo directo 7146/66. Adrián Rodríguez Troya. 30 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Nota: En los Volúmenes 82, 33, 27 y 4, páginas 15, 15, 38 y 21, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS. MONTO DE LA PENSION EN PORCENTAJE.". En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS. MONTO DE LA PENSION EN PORCENTAJE.".
Registro digital (IUS): 240864