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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240873
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Cuarta Parte; Pág. 99

INTERPRETACION DIRECTA DE UN PRECEPTO DE LA CONSTITUCION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Cuarta Parte; Pág. 99

Precedentes

Reclamación en amparo en revisión 1281/78. Josefina Sánchez de López. 16 de agosto de 1979. Mayoría de cuatro votos. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 21, página 57. Reclamación 353/69. Miguel González Rul. 2 de septiembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Nota: En el Volumen 21, página 57, la tesis aparece bajo el rubro " INTERPRETACION DE PRECEPTOS CONSTITUCIONALES.".
Registro digital (IUS): 240873