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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240919
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Cuarta Parte; Pág. 132

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL. VALOR PROBATORIO DE LA CONFESION FICTA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Cuarta Parte; Pág. 132

Precedentes

Amparo directo 3774/78. Moisés Castañeda Briseño. 11 de enero de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXIII, página 50. Amparo directo 1845/65. Carlos Corcuera y Riva, representante común de los actores. 16 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 240919