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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240961
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 9

ACTAS DE NACIMIENTO. NO SON IDONEAS PARA ACREDITAR, POR SI SOLAS, EL MATRIMONIO DE LOS PADRES DEL REGISTRADO, PARA EFECTOS DE PROBAR LA LEGITIMIDAD (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 6254/77. Alfredo Maurillo Díaz. 9 de junio de 1978. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Pedro Reyes Colín. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "ACTA DE NACIMIENTO (OAXACA). NO ES IDONEA PARA ACREDITAR, POR SI SOLA, EL MATRIMONIO DE LOS PADRES DEL REGISTRADO.".
Registro digital (IUS): 240961