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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240967
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 12

APELACION. EN LA SENTENCIA QUE LA RESUELVA PROCEDE QUE SE ANALICEN CUESTIONES NO PLANTEADAS EN LOS AGRAVIOS, CUANDO ESTAS CONSISTAN EN VIOLACIONES A ALGUN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL QUE AFECTEN EL INTERES GENERAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 5449/76. José Raúl Celada Sevilla. 8 de marzo de 1978. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Pedro Reyes Colín. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION (TAMAULIPAS) EN LA SENTENCIA QUE LA RESUELVA PROCEDE QUE SE ANALICEN CUESTIONES NO PLANTEADAS EN LOS AGRAVIOS, CUANDO ESTAS CONSISTAN EN VIOLACIONES A ALGUN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL QUE AFECTEN EL INTERES GENERAL.".
Registro digital (IUS): 240967