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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 27
CONTRATOS. CAUSAS EXTRAORDINARIAS E IMPREVISIBLES QUE PUEDEN ALTERAR SU CUMPLIMIENTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 27
El artículo 1351, fracción III, del Código Civil para el Estado de Guanajuato, exonera de la obligación de cumplir un contrato de ejecución diferida, continuada o periódica a aquella parte cuyo cumplimiento se haya vuelto sumamente oneroso por causas extraordinarias e imprevisibles ajenas a su voluntad y que no sean una consecuencia normal de su ejecución. Las causas extraordinarias o normativas que alteran la ejecución normal del contrato y que invoque una de las partes para excusarse de su cumplimiento, deben ser valoradas por el Juez haciendo uso de un criterio recto en el que impere la lógica, motivo por el cual no debe dar tal carácter a aquellas causas que razonablemente puedan tener en cuenta el común de las gentes al contratar, ni debe, con apoyo en dicho precepto, dispensar de la obligatoriedad en el cumplimiento que todo convenio entraña para las partes, puesto que si se contrató a sabiendas de que podía ocurrir la causa que después se invoca para liberarse de la obligación, debe inferirse que se hizo asumiendo el riesgo que ella implica y, por lo consiguiente, dicha causa no la excusa del cumplimiento de la obligación.
Precedentes
Amparo directo 3441/77. Gonzalo Alberto Díaz Vargas. 19 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Carlos A. González Zárate.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS. CAUSAS EXTRAORDINARIAS E IMPREVISIBLES QUE PUEDEN ALTERAR EL CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).".