Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/240980
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 39
CONTRATOS. LUGAR DONDE EL DEUDOR DEBE SER REQUERIDO DE PAGO CUANDO NO SE ESTIPULA EN LOS MISMOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 39
Si en el contrato respectivo no se estipula expresamente el lugar en donde el deudor debe ser requerido de pago, se estará a lo establecido por la ley de la materia. El artículo 1369 del Código Civil del Estado de Puebla, establece: "I. Si el objeto de la obligación es un mueble determinado, el pago se hará en el lugar en que el objeto se hallaba al celebrarse el contrato. II. En cualquiera otro caso se preferirá el domicilio del deudor, sea cual fuere la acción que se ejercite. III. A falta de domicilio fijo, se preferirá el lugar donde se celebró el contrato, cuando la acción sea personal, y el de la ubicación de los bienes, cuando la acción sea real"; precepto legal que es claro y preciso al establecer el lugar donde el deudor debe ser requerido de pago. Por tanto, si el acreedor no cobra la deuda en el lugar que designa la ley y mucho menos demuestra que el deudor se haya negado a cubrirla, no puede éste haber incurrido en la mora que se le atribuye.
Precedentes
Amparo directo 1056/76. Sergio Vinay Oliver y otra. 1o. de febrero de 1978. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Carlos Alfredo Soto Villaseñor.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS. LUGAR DONDE EL DEUDOR DEBE SER REQUERIDO DE PAGO, CUANDO NO SE ESTIPULA EN LOS MISMOS.".