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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240990
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 94

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 94

Precedentes

Amparo directo 3049/75. Esther Villalobos Cárdenas de Campos. 8 de marzo de 1978. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Pedro Reyes Colín. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION. SU VALOR NO SE RESTRINGE POR LAS CIRCUNSTANCIAS QUE PARA ELLO SE AGREGUEN AL FORMULARLA, SI TALES CIRCUNSTANCIAS NO SE PRUEBAN.".
Registro digital (IUS): 240990