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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241017
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 112

INSTITUCIONES DE CREDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES, INTERPRETACION DEL ARTICULO 91 DE LA LEY GENERAL DE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 112

Precedentes

Amparo directo 3508/77. Enrique Velasco Flores y otros. 3 de marzo de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Eduardo Lara Díaz. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES, INTERPRETACION DEL ARTICULO 91 DE LA.".
Registro digital (IUS): 241017