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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241034
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 150

SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 150

Precedentes

Amparo directo 3890/76. Gilberto Herrera Villegas. 9 de febrero de 1978. Mayoría de tres votos. Disidentes: Raúl Lozano Ramírez y José Alfonso Abitia Arzapalo. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Secretaria: Raquel Flores Munguía. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL.".
Registro digital (IUS): 241034