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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 9
ACTAS DE DEFUNCION, QUIENES PUEDEN DEMANDAR LA RECTIFICACION DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 9
Para demandar la rectificación de una acta de defunción, no es suficiente con afirmar que se tiene interés de ello, sino también es necesario acreditar que se está en alguno de los supuestos a que aluden los artículos 136, fracciones I, II, III y IV, 348, 349 y 350 del Código Civil para el Distrito Federal; de lo contrario, se carecerá de legitimación activa.
Precedentes
Amparo directo 3123/75. Odilón Durán Guerrero y Eutiquia Anda de Durán. 30 de septiembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Carlos A. González Zárate.