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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 23
COMPRAVENTA. PRUEBA DEL PAGO DEL PRECIO. CORRESPONDE AL OBLIGADO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 23
Si se demanda la rescisión de un contrato de compraventa con apoyo en la falta de pago de diversas cantidades que como parte del precio se obligó el comprador a cubrir, así como en la falta de pago de otras sumas de dinero en favor de un tercero, y en general, en que el comprador no había cumplido las obligaciones contraídas en el referido contrato, el obligado a demostrar que había cumplido en sus términos con el contrato era él si afirmó estar al corriente en sus pagos y que había satisfecho sus obligaciones contractuales, y ello porque el que afirma reporta la carga de probar su afirmación.
Precedentes
Amparo directo 4180/77. Ramón Oliverio Trigos Alacio. 28 de noviembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.