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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 109
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. SEPARACION JUSTIFICADA. PRESUNCION HUMANA QUE LA ACREDITA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 109
Si está demostrado en autos que los cónyuges, después de contraer matrimonio, fueron a vivir a la casa de los padres del marido, así como que después, habiendo establecido su verdadero hogar conyugal en lugar distinto al mencionado, la mujer se separó de dicha morada conyugal para regresar a vivir al lado de sus suegros, sin que éstos la hubieran rechazado, ello acarrea la presunción humana, que produce convicción plena al no existir prueba que la contradiga, de que tal separación tuvo que haber ocurrido con el consentimiento del esposo, puesto que no es lógico pensar que, de no contar con ese permiso, la consorte hubiera sido admitida, sin objeción alguna, por los propios padres del cónyuge que se dice abandonado.
Precedentes
Amparo directo 178/77. María Anita Valerio Madrigal. 24 de noviembre de 1977. Cinco votos. Ponente: José Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: Jorge Figueroa Cacho.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "DOMICILIO CONYUGAL, SEPARACION JUSTIFICADA DEL. PRESUNCION HUMANA QUE LA ACREDITA.".