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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 123
DIVORCIO, INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CAMPECHE).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 123
El hecho de que la demandada haya confesado que tuvo dificultades con su marido, ocasionadas por la conducta inmoral de éste, que se exhibía públicamente con una amante, no es suficiente para tener por probada la causal de incompatibilidad de caracteres, en atención a que, por una parte, las dificultades de mérito pueden ser efecto de diversas causas, tales como la sevicia, las injurias graves, etcétera y, por otro lado, si el actor no narra detalladamente en su demanda los hechos constitutivos de la susodicha causal, ni menos aún relaciona tales hechos con las dificultades que se dice existieron entre ambos cónyuges, para que la demandada hubiera estado en posibilidad de formular su defensa, y el juzgador pudiera apreciar si tales hechos eran demostrativos de la aludida causal y si la gravedad de la misma imposibilitaba el mantenimiento de la vida en común. Pues es evidente que la calificación de la incompatibilidad de caracteres no debe quedar al criterio del actor o de la demandada, sino al juicio del juzgador que dirima la controversia.
Precedentes
Amparo directo 5269/76. José del Carmen Ferrer Hernández. 22 de agosto de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: J. Jesús Taboada Hernández.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES COMO CAUSAL DE.".