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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 190
TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO REDACTADO POR EL ESCRIBIENTE DE LA NOTARIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE YUCATAN).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Cuarta Parte; Pág. 190
En el supuesto caso de que se hubiera llegado a demostrar que el fedatario no fue quien escribió un testamento público abierto, sino que lo hubiera hecho alguno de los escribientes o amanuenses de la notaría, ello no restaría validez alguna a dicho acto jurídico, toda vez que este no es elemento esencial del acto; y si de su lectura se deduce que en su elaboración se observaron todos y cada uno de los requisitos esenciales que estatuye la ley, puesto que se asentó que dicho funcionario asistió al otorgamiento, que se cercioró del cabal juicio del de cujus, que se hizo acompañar de los tres testigos que requiere el artículo 2303 del Código Civil del Estado de Yucatán, que se elaboró bajo su vigilancia y dirección, que dio lectura a cada una de las cláusulas, que firmó el documento dando fe del acto, por esta razón su actuación se encontró ajustada a lo previsto por los artículos 2303 al 2307 del ordenamiento citado.
Precedentes
Amparo directo 5927/75. Gladys Chami Manzanilla de Oramas. 28 de julio de 1977. Mayoría de tres votos. Disidente: Salvador Mondragón Guerra. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Carlos A. González Zárate.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 55, página 64. Amparo directo 3172/71. Marco Antonio Irigoyen Sánchez. 2 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Nota.
En el Volumen 55, página 64, la tesis aparece bajo el rubro "TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO REDACTADO POR LA ESCRIBIENTE DE LA NOTARIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).
En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro" TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO REDACTADO POR EL ESCRIBIENTE DE LA NOTARIA.".