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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241134
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 9

ACTOS CONSENTIDOS TACITAMENTE, NO CONFIGURADOS. SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE POR LA CAUSAL A QUE SE REFIERE LA FRACCION XI DEL ARTICULO 73 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 1194/76. Vicente Colmenares Márquez. 24 de febrero de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Eduardo Lara Díaz.
Registro digital (IUS): 241134